Reglamento Interno
Comunidad Portuguesa en México, A.C. (CPM)
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Denominación. La organización se denomina Comunidad Portuguesa en México, A.C., pudiendo utilizar las siglas CPM.
Artículo 2. Finalidad. La CPM tiene como finalidad reunir, apoyar y representar a la comunidad portuguesa residente en México, promoviendo la cultura, el idioma, las tradiciones y los valores portugueses, así como la relación entre portugueses, luso-descendientes y amigos de Portugal.
Artículo 3. Principios. La CPM actuará con base en los principios de respeto, unión, solidaridad, transparencia, igualdad, participación y defensa de la cultura portuguesa.
Capítulo II. De los asociados
Artículo 4. Miembros. Podrán ser miembros de la CPM: ciudadanos portugueses residentes en México; luso-descendientes; cónyuges y familiares de portugueses; y personas que tengan un vínculo especial o interés por la cultura portuguesa y sean aceptadas por la Mesa Directiva.
Artículo 5. Derechos de los asociados. Participar en las actividades de la CPM; participar en las Asambleas conforme a los Estatutos; presentar propuestas y sugerencias; postularse a los cargos de la Asociación cuando cumplan los requisitos estatutarios; y tener acceso a la información relativa a las actividades de la CPM.
Artículo 6. Deberes de los asociados. Respetar los Estatutos y el presente Reglamento; respetar a los demás miembros; contribuir al buen nombre de la CPM; cumplir las decisiones tomadas regularmente por la Asamblea y la Mesa Directiva; y cumplir, cuando aplique, las obligaciones financieras establecidas por la Asociación.
Capítulo III. De la Mesa Directiva
Artículo 7. Órganos de la CPM. La CPM será administrada por los órganos previstos en sus Estatutos: Asamblea General, Mesa Directiva y Consejo Fiscal, cuando esté previsto.
Artículo 8. Presidente. Corresponde al Presidente representar a la CPM; convocar y presidir las reuniones de la Mesa Directiva; coordinar las actividades de la Asociación; velar por el cumplimiento de los Estatutos y este Reglamento; y representar oficialmente a la comunidad ante autoridades, instituciones y otras organizaciones.
Artículo 9. Mesa Directiva. La Mesa Directiva deberá trabajar de forma colegiada, transparente y en beneficio de la comunidad, pudiendo crear comisiones o grupos de trabajo para áreas específicas.
Capítulo IV. De las actividades
Artículo 10. Actividades de la CPM. La CPM podrá promover eventos culturales y sociales; fiestas y celebraciones tradicionales portuguesas; cursos y actividades relacionadas con el idioma portugués; talleres de gastronomía portuguesa; eventos deportivos y de convivencia; actividades para niños, jóvenes y luso-descendientes; acciones de solidaridad; e intercambio cultural entre Portugal y México.
Capítulo V. Recursos y transparencia
Artículo 11. Recursos. Los recursos de la CPM podrán provenir de cuotas de los asociados; donativos; patrocinios; eventos y actividades autorizadas; y otros recursos legalmente permitidos.
Artículo 12. Uso de los recursos. Los recursos deberán utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos de la CPM y administrarse de forma transparente. La rendición de cuentas deberá presentarse ante los órganos competentes de la Asociación, conforme a lo establecido en los Estatutos.
Capítulo VI. Comportamiento y disciplina
Artículo 13. Conducta. Todos los miembros deberán mantener un comportamiento respetuoso, evitando actitudes que puedan perjudicar la imagen o el buen funcionamiento de la CPM.
Artículo 14. Medidas disciplinarias. El incumplimiento de los Estatutos o de este Reglamento podrá resultar, según la gravedad, en amonestación, suspensión o pérdida de la condición de asociado. Ninguna medida disciplinaria grave se aplicará sin que el asociado tenga oportunidad de presentar su defensa, conforme a los Estatutos.
Capítulo VII. Disposiciones finales
Artículo 15. Casos no previstos. Los casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por la Mesa Directiva, respetando los Estatutos de la CPM y la legislación mexicana aplicable.
Artículo 16. Modificación del Reglamento. El presente Reglamento podrá modificarse cuando sea necesario, mediante aprobación del órgano competente de la Asociación, de acuerdo con los Estatutos.
Artículo 17. Entrada en vigor. El presente Reglamento entra en vigor tras su aprobación por la Asamblea General de la Comunidad Portuguesa en México, A.C.